Nuevo DECRETO IMSS
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Nuevo DECRETO IMSS
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REFORMAS A LA LEY DEL IMSS

Los contratantes deberán comunicar trimestralmente ante la Subdelegación correspondiente al domicilio del patrón o sujeto obligado, y del beneficiario respectivamente, dentro de los primeros quince días de los meses de enero, abril, julio y octubre, en relación con los contratos celebrados en el trimestre de que se trate la información siguiente:

COMPROMISO
OUT HELPING:

El IMSS dentro de un plazo de 250 días autorizará el sistema de computo que deberá utilizar el patrón para cumplir estas obligaciones.

II. Del contrato: Objeto; periodo de vigencia; perfiles, puestos o categorías indicando en este caso si se trata de personal operativo, administrativo o profesional y el número estimado mensual de trabajadores u otros sujetos de aseguramiento que se pondrán a disposición del beneficiario de los servicios o trabajos contratados.
El patrón incorporará por cada uno de sus trabajadores, el nombre del beneficiario de los servicios o trabajos contratados en el sistema de cómputo autorizado por el Instituto.
Conociendo en detalle la forma de implementación determinada por el IMSS, OUT HELPING hará  si es posible la presentación de la información  del beneficiario directamente al IMSS, en caso contrario se le entregará al cliente el archivo con toda la información para que únicamente la presente por los medios establecidos y la impresión del contenido del archivo.
 II. Del contrato: Objeto; periodo de vigencia; perfiles, puestos o categorías indicando en este caso si se trata de personal operativo, administrativo o profesional y el número estimado mensual de trabajadores u otros sujetos de aseguramiento que se pondrán a disposición del beneficiario de los servicios o trabajos contratados.
El patrón incorporará por cada uno de sus trabajadores, el nombre del beneficiario de los servicios o trabajos contratados en el sistema de cómputo autorizado por el Instituto.
 Conociendo en detalle la forma de implementación determinada por el IMSS, OUT HELPING hará  si es posible la presentación de la información  del beneficiario directamente al IMSS, en caso contrario se le entregará al cliente el archivo con toda la información para que únicamente la presente por los medios establecidos y la impresión del contenido del archivo.